Universidad De Extremadura. Nombramientos. (2022063961)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, del Rector, por la que se nombran funcionarios de carrera de la Escala de Técnicos Auxiliares de Servicios, a los opositores que han superado las pruebas selectivas convocadas.
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NÚMERO 241
Lunes 19 de diciembre de 2022

II

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AUTORIDADES Y PERSONAL
1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2022, del Rector, por la que se nombran
funcionarios de carrera de la Escala de Técnicos Auxiliares de Servicios, a los
opositores que han superado las pruebas selectivas convocadas. (2022063961)
Vista la propuesta formulada por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para ingreso
en la Escala de Técnicos Auxiliares de Servicios de la Universidad de Extremadura, convocadas
por Resolución de 17 de enero de 2022 (DOE n.º 15, de 24 de enero), y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, este Rectorado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 de los Estatutos de la Universidad de Extremadura
(Decreto 65/2003, de 8 de mayo),
RESUELVE:
Primero. Nombrar, de acuerdo con la base 9.3 de la convocatoria, a los funcionarios de carrera de la Escala de Técnicos Auxiliares de Servicios de la Universidad de Extremadura que
se relacionan en Anexo a esta Resolución.
Segundo. Para la adquisición de la condición de funcionario de carrera, los interesados habrá
de prestar juramento o promesa de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 707/1979,
de 5 de abril.
Tercero. La toma de posesión deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado a
partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de
Extremadura.
Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30
de abril, y en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, la persona nombrada, para tomar posesión, deberá realizar la declaración a la que se refiere el primero de los preceptos citados, o la
opción o solicitud de compatibilidad contemplada en el artículo 10 de la Ley 53/1984.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo competente, en