Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022063889)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 240
Viernes 16 de diciembre de 2022

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f) Copia de la titulación universitaria o titulación de formación profesional, de grado medio
o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las
leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de
acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e
integración de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional de
las tareas de producción adecuadas a las actividades profesionales de las personas en
situación o riesgo de exclusión social subvencionadas a través de los programas I y/o
II, siempre que la persona trabajadora se oponga a la consulta de oficio de la misma al
Servicio Extremeño Público de Empleo, marcando la casilla correspondiente en el anexo
I de la solicitud.
g) Copias de los cursos que se quieran aportar como justificación de la adecuación del
personal técnico para la realización de las tareas de producción.
2. P
 ara cada uno de los meses de solicitud de subvención del Programa III, y en el plazo de
dos meses a contar desde la finalización del periodo que se subvenciona, deberá presentarse el anexo VII debidamente cumplimentado acompañado de la siguiente documentación:
a) Copias de las nóminas correspondientes al periodo del programa subvencionado, debidamente firmadas por las personas trabajadoras y la empresa, cuyos contratos hayan
sido objeto de subvención.
b) Copias de los justificantes bancarios del abono de las nóminas, por la entidad, a las
personas trabajadoras objeto de subvención. En el justificante deberán constar, los siguientes datos: el titular de la cuenta, número de cuenta de origen y destino, importe,
fecha de pago, beneficiario de la operación y concepto. No se admitirán, en ningún caso,
pagos en metálico.
c) Copias de los documentos de cotización a la Seguridad Social en el código de cuenta
cotización referidos a los trabajadores/as objeto de subvención:


1º) Modelos de documentos (RNT) del periodo del programa subvencionado, así como
copias de sus correspondientes justificantes de pago.



2º) Modelos de documentos (RLC) del periodo del programa subvencionado.

3. E
 n los casos de sustituciones, variaciones de jornada, suspensión de la relación laboral
objeto de subvención, o bajas definitivas será necesario aportar además de la relacionada
en el apartado anterior la siguiente:
a) Copia de la comunicación de los contratos al correspondiente Servicio Público de Empleo
de las personas trabajadoras por las que se solicita subvención, siempre que la entidad