Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Ayudas. (2022063872)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se resuelve conceder las ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2022/2023.
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Viernes 16 de diciembre de 2022

RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2022, de la Dirección General de
Innovación e Inclusión Educativa, por la que se resuelve conceder las ayudas
destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a
centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura
que impartan segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Obligatoria y
Educación Especial, para el curso 2022/2023. (2022063872)
De conformidad con lo establecido en el resuelvo decimoctavo de la Resolución de 20 de julio
de 2022, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan
ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a centros
privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan segundo ciclo
de Educación Infantil, Educación Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2021/2022
(DOE núm. 143, de 26 de julio de 2022),
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas que se especifican en los anexos I y II a esta resolución, por
un importe total de cuarenta y seis mil ciento cincuenta euros (46.150,00 €), los cuales se
imputarán, con cargo a la posición presupuestaria 13005 G/222G/470000 y código proyecto
20130082 (CA), con la siguiente distribución por anualidades:
— Adquisición de material escolar: cuatro mil novecientos sesenta euros (4.960,00 euros),
los cuales se imputarán en su totalidad a la anualidad 2023.
— Adquisición de libros de texto: cuarenta y un mil ciento noventa euros (41.190,00 €),
los cuales se imputarán en su totalidad a la anualidad 2023.
Segundo. Esta resolución es un segundo acto de concesión. Contra la presente resolución,
que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano
que la dicta o ante la Consejera de Educación y Empleo, en el plazo de un mes, contados
desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, siendo competente para su resolución esta última, en relación con el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y
los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 5 de diciembre de 2022.
El Director General de Innovación e
Inclusión Educativa,
(PD, Resolución de 13 de noviembre de
2019, de la Secretaría General,
DOE n.º 223, de 19 de noviembre),
JUAN PABLO VENERO VALENZUELA