Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063915)
Resolución de 30 de noviembre del 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es Javier Domínguez Dosado, en el término municipal de Santibáñez el Bajo.
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NÚMERO 240
Viernes 16 de diciembre de 2022

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de Registro de Gestión y de un Plan de Aplicación Agrícola de los estiércoles, conforme a
lo establecido en el artículo 8 del Decreto 158/1999, de 14 de septiembre, de regulación
zootécnico sanitaria de las explotaciones porcinas de Extremadura.
La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del complejo porcino se
estima en 3.910 m3/año de purines, que suponen unos 12.325 kg de nitrógeno /año; calculados en base a los factores recogidos en el anexo IV del Decreto 158/1999. Todas las
deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, conforme al Plan de Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro de
Gestión de Estiércoles.
2. E
 l complejo porcino deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento de
los sólidos, licuados y las aguas de limpieza, generados en las naves de secuestro, que evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, con tamaño adecuado para la retención de la producción de al menos 3 meses, que permita llevar
a cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos efectos, la explotación porcina deberá
disponer de una capacidad total mínima de retención de estiércoles, aguas de limpieza y
lixiviados del estercolero de 1.020 m3, volumen que el complejo porcino justifica mediante
la existencia de una balsa de lámina PEAD, con una capacidad de almacenamiento de 712
m3, una fosa de hormigón de 308 m3 y un estercolero de 153 m3.
3. E
 l diseño y la construcción de la balsa deberá adaptarse a las prescripciones que para este
tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a esto,
se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
• La ubicación de las fosas /balsa deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún
curso o punto de agua; y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y
carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo que se eviten
molestias por malos olores a las poblaciones más cercanas.
• La balsa será impermeabilizada con lámina de PEAD y cumplirá con las siguientes características constructivas:


–P
 rofundidad mínima de 2 m.



–T
 alud perimetral de hormigón de 0,5 m, para impedir desbordamientos; y cuneta en
todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.



–E
 structura:



- Sistema de control de fugas mediante red de recogida de filtraciones canalizadas a
una arqueta de detección de fugas, ubicada en el punto más bajo del terreno.