Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063915)
Resolución de 30 de noviembre del 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, cuyo titular es Javier Domínguez Dosado, en el término municipal de Santibáñez el Bajo.
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NÚMERO 240
Viernes 16 de diciembre de 2022

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b. M
 edidas en fase de construcción.


— Se limitarán los trabajos en la explotación de forma que se realicen durante el horario
diurno de forma que se eviten molestias y minimice la posible afección por ruidos.



— No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos en la legislación vigente.



— Para facilitar la integración paisajística, los acabados de las construcciones deberán
ser de tonos que se integren en el entorno, utilizando tonos tostados, ocres o albero.
Otras instalaciones auxiliares con acabados metálicos como tolvas, silos y/o depósitos de agua, deberán ser de color similar al de las cubiertas. En cualquiera de los
elementos constructivos no deben utilizarse tonos llamativos o brillantes.



— La explotación dispondrá de un sistema estanco para la recogida y almacenamiento
de los lixiviados y de las aguas de limpieza generadas en las instalaciones que evite
el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas. Para
ello, dispondrá de red de saneamiento mediante tuberías, y fosas con tratamiento
impermeabilizante que garantice su estanqueidad. Las fosas deberán contar con capacidad suficiente para almacenar generada en la limpieza de las instalaciones. Las
fosas de contarán con una cuneta o un talud perimetral que evite el acceso de aguas
de escorrentía, y además, dispondrán de un cerramiento perimetral que impida el
acceso de personas y animales. Para controlar su estanqueidad, se dispondrán pozos
testigos capaces de detectar roturas o mal funcionamiento del sistema de impermeabilización.



— La explotación dispone de un estercolero, que deberán contar con tratamiento impermeabilizante que garantice su estanqueidad. La capacidad de almacenamiento
será de, al menos, la producción de 15 días de estiércoles sólidos. El estercolero se
deberá vaciar antes de superar los 2/3 de su capacidad, momento en el que se comprobará que se encuentra en condiciones óptimas, reparando cualquier deficiencia.
Contará con pendiente para que los lixiviados que se produzcan se dirijan a una fosa
de purines. El estercolero se deberá cubrir mediante la construcción de un cobertizo
o una cubierta flexible (plástica), que impida el acceso de pluviales al cubeto.



— Se habilitará una zona en el interior de los límites de las parcelas afectadas para el
mantenimiento de vehículos. No se realizarán tareas de mantenimiento de la maquinaria o los vehículos en áreas distintas a las destinadas para ello. Estas zonas se
ubicarán fuera del Dominio Público Hidráulico.