Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063906)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación porcina, promovida por María Esperanza y Cecilia Calderón Villalba, en el término municipal de Monesterio (Badajoz).
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Viernes 16 de diciembre de 2022

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de las fosas. El objetivo de la restauración será que los terrenos recuperen su aptitud
agrícola original, demoliendo adecuadamente las instalaciones, y retirando los residuos
a gestor autorizado.
2. S
 i una vez finalizada la actividad se pretendiera adaptar las instalaciones para otro uso
distinto, éstas deberán adecuarse al nuevo uso. Dicha modificación deberá contar con
todos los informes y autorizaciones exigibles en su caso.
— Programa de vigilancia ambiental.
1. E
 l promotor deberá realizar una labor de seguimiento ambiental de la actividad, en
la que se verificará la adecuada aplicación de las medidas incluidas en el informe de
impacto ambiental, para ello, este seguimiento deberá contener, al menos, un informe
anual. En base al resultado de estos informes se podrán exigir medidas correctoras suplementarias para corregir las posibles deficiencias detectadas, así como otros aspectos
relacionados con el seguimiento ambiental no recogidos inicialmente.
2. L
 a actividad será sometida a inspección, vigilancia y control a efectos de comprobar que
se realice según las condiciones recogidas en este informe, a fin de analizar, determinar
y asegurar la eficacia de las medidas establecidas, así como de verificar la exactitud y
corrección de la evaluación ambiental realizada.
3. C
 ualquier incidencia ambiental destacada deberá ser comunicada a la autoridad ambiental a la mayor brevedad posible, emitiendo un informe extraordinario con la descripción de la misma, de las medidas correctoras aplicadas y de los resultados finales
observados.
— Condiciones complementarias.
1. D
 eberán cumplirse todas las medidas preventivas y correctoras descritas en el documento ambiental abreviado, en tanto no entren en contradicción con el condicionado del
presente informe.
2. A
 ntes de comenzar los trabajos se contactará con el Agente de Medio Natural de la zona,
a efectos de asesoramiento para una correcta realización de los mismos. La conclusión
de los trabajos se comunicará igualmente al Agente de Medio Natural de la zona, con
el fin comprobar que los trabajos se han realizado conforme a las condiciones técnicas
establecidas.
3. Si durante el desarrollo de la actividad se detectara la presencia de alguna especie incluida en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura que pudiera
verse afectada por la misma, se paralizará inmediatamente la actividad y se estará a