Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063906)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la explotación porcina, promovida por María Esperanza y Cecilia Calderón Villalba, en el término municipal de Monesterio (Badajoz).
28 páginas totales
Página
NÚMERO 240
Viernes 16 de diciembre de 2022

62353

quen en el entorno. En cualquiera de los elementos constructivos e instalaciones auxiliares no deben utilizarse tonos llamativos o brillantes.
6. L
 a explotación porcina dispondrá de un sistema impermeable para la recogida y almacenamiento de los purines y de las aguas de limpieza generadas en la nave de secuestro
y lazareto, que evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y
subterráneas y que aseguren que se impiden pérdidas por rebosamiento o por inestabilidad geotécnica. Para ello dispondrá de una fosa de purines con capacidad suficiente
para almacenar la producción de, al menos, tres meses de purines. La fosa de purines
estará ejecutada en hormigón y deberá contar con tratamiento impermeabilizante. Además, estará cerrada en su parte superior, y se la dotará de una cuneta en todo su perímetro, que impida el acceso de las aguas de escorrentía. Junto a la fosa de purines se
dispondrán pozos testigos (piezómetros) con la finalidad de comprobar la estanqueidad
de las mismas. La frecuencia de vaciado será siempre antes de superar los 2/3 de sus
capacidades. En el caso de detectarse productos químicos (desinfectantes), el vertido
final almacenado será entregado a un gestor de residuos autorizado por el organismo
competente, y para el caso que no haya presencia de dichos residuos, el vertido final
será empleado como fertilizante orgánico.
7. L
 a explotación porcina dispondrá de estercolero impermeable, ejecutado en hormigón y
con tratamiento impermeabilizante, con capacidad suficiente para almacenar la producción de, al menos, 15 días de estiércoles sólidos. El estercolero se deberá vaciar antes
de superar los 2/3 de su capacidad, momento en el que se comprobará que se encuentra en condiciones óptimas, reparando cualquier deficiencia. Se realizará con pendiente
para que los lixiviados que se produzcan se dirijan a la fosa de purines para su recogida.
El estercolero se cubrirá mediante la construcción de un cobertizo o mediante una cubierta flexible (plástico) que impida el acceso de pluviales a su interior.
8. L
 as pluviales recogidas en la cubierta de la nave verterán directamente al terreno, debiéndose evitar que entren en contacto con las deyecciones animales. Se dispondrán las
medidas necesarias para evitar fenómenos de lixiviación y arrastre de deyecciones.
9. E
 n el caso de los aseos, las aguas residuales generadas en estos serán almacenadas en
una fosa séptica estanca (diferente a las fosas de purines) y se gestionarán por empresa
autorizada.
10. Los residuos generados durante la fase de construcción se deberán separar adecuadamente y serán gestionados conforme a lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de
1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y por el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece