Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063764)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación de Cáceres para la Ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Sierra de Gata-Las Hurdes "100% Cultura e Identidad y Ecoturismo", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 239
Jueves 15 de diciembre de 2022

62111

Se incluyen los costes salariales y de Seguridad Social, desplazamientos para visitar proyectos y actuaciones del PSTD, y dietas, en su caso. Costes de material fungible, herramientas
informáticas y teléfono móvil, para la partida del Órgano Gestor, incluida en este PSTD. No se
contemplan los gastos corrientes de edificio u oficina.
Novena. Justificación económica y memoria técnica de evaluación.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, como entidad responsable de PT de Extremadura, a través de la Dirección General de Turismo, procederá a la justificación documental
de la aplicación de la totalidad de los fondos correspondientes, antes de finalizar el segundo
trimestre de 2026, a la Secretaría de Estado de Turismo, en todo caso.
Para la justificación del PSTD, la Diputación de Cáceres, semestralmente, dará cuenta a la
Dirección General de Turismo de las actuaciones realizadas, el cumplimiento de los objetivos
alcanzados y una memoria económica, especificándose el porcentaje realizado, con una relación clasificada de los gastos efectuados. La presentación de dicha documentación deberá
realizarse antes del 10 de enero y 10 de julio de cada anualidad.
La justificación documental de las actuaciones deberá presentarse en castellano y dicha justificación requerirá la forma de cuenta justificativa (Anexo IX), en la que se deberá incluir, bajo
la responsabilidad del declarante, los justificantes de gastos y pagos o cualquier otro documento con validez jurídica que permita acreditar el cumplimiento de las actuaciones.
La cuenta deberá incluir una declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas
con dichos fondos y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos y pagos realizados.
Deberá acreditarse en la justificación final, que se presentará, inexcusablemente, por la entidad local ante la Dirección General de Turismo, hasta el 31 de enero de 2026, la aplicación
final de los fondos y sus importes.
En el caso de que la ejecución no alcance el 100% de las aportaciones realizadas se estará a
lo dispuesto en la cláusula Decimoquinta, sobre incumplimiento y reintegro.
Con la justificación final deberá acompañarse la siguiente documentación:
• Certificación de la Secretaría/Intervención de la entidad, donde se certifiquen los gastos
y pagos totales realizados, con especificación y desglose del número de las actuaciones
realizadas y los resultados obtenidos. Esta certificación deberá contener los siguientes
extremos: