Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2022050223)
Orden de 9 de diciembre de 2022 por la que se regula la evaluación del alumnado en la Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 239
Jueves 15 de diciembre de 2022

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julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Primaria para la Comunidad Autónoma de Extremadura (capítulo V: evaluación y promoción); Decreto 110/2022,
de 22 de agosto de 2022, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación
Secundaria Obligatoria para la Comunidad Autónoma de Extremadura (capítulo VI: evaluación, promoción y titulación); y Decreto 109/2022, de 22 de agosto, por el que se establecen
la ordenación y el currículo del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura
(capítulo V: evaluación, promoción y titulación). Decretos estos que han ido derogando parcialmente el Decreto 14/2022, de 18 de febrero, en las etapas educativas que regulan, sin
perjuicio de lo dispuesto en sus disposiciones transitorias, que permiten su aplicación durante
el curso 2022/2023, de acuerdo con el calendario de implantación previsto en la Ley Orgánica
3/2020, de 29 de diciembre y en las correspondientes disposiciones finales y transitorias de
la referida normativa de desarrollo.
La presente orden regula diversos aspectos relativos a los principios generales de la evaluación, garantías de una evaluación objetiva, atención a las diferencias individuales, sesiones
de evaluación, promoción, titulación, documentos oficiales de evaluación y evaluación de
diagnóstico, entre otros aspectos relativos a la evaluación del alumnado en las etapas de
Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato. Se
trata de poner a disposición del profesorado las nuevas herramientas evaluadoras, de la forma
más sencilla posible, facilitando su labor como docente.
La evaluación se plantea como un instrumento esencial al servicio del proceso de enseñanza
y aprendizaje y se integra en el quehacer diario del aula y del centro educativo. Se convierte
así en un punto de referencia para la adopción de medidas de refuerzo educativo o de adaptación curricular, para el aprendizaje de los alumnos y para la mejora del proceso educativo.
La parte dispositiva de la presente orden consta de 33 artículos distribuidos en seis capítulos.
En un primer capítulo se desarrollan cuestiones generales de aplicación a todas las etapas
educativas, para en los capítulos siguientes centrarse en cada una de ellas. Así, el capítulo
II regula las particularidades de la evaluación en la Educación Infantil, el capítulo III las referentes a la Educación Primaria y los capítulos IV y V las relativas a Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato respectivamente. El capítulo VI, de especial relevancia, regula los
documentos e informes de evaluación que son las actas de evaluación, el expediente académico, el historial académico y, en su caso, el informe personal por traslado y en la Educación
Primaria el informe de final de etapa, incorporando en los anexos los modelos a los que deben
ajustarse. Además la orden incorpora tres disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y dos finales.
Esta orden se adecúa a los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones