Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063833)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta para el tratamiento de frutos secos, cuyo promotor es Terreno Nogales, SLU, en el término municipal de Talayuela.
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NÚMERO 238
Miércoles 14 de diciembre de 2022

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RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al
proyecto de planta para el tratamiento de frutos secos, cuyo promotor es
Terreno Nogales, SLU, en el término municipal de Talayuela. (2022063833)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 20 de diciembre de 2021 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, cuya documentación se completó con fecha 18 de febrero de 2022, la solicitud
de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para planta para el tratamiento de frutos secos en
el término municipal de Talayuela y promovida por Terreno Nogales, SLU, con CIF B01564897
y con domicilio social en polígono 5 parcela 3, Lomas del Medio 10310 Talayuela (Cáceres).
Segundo. La actividad a desarrollar consiste en una planta para el tratamiento de la nuez
y de la almendra, eliminando las impurezas, consiguiendo un adecuado nivel de humedad y
adecuados niveles microbiológicos. La actividad (secadero de frutos secos) tendrá una producción diaria de 288 Tm de producto acabado. Esta actividad está incluida en el ámbito de
aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 3.2.b. del anexo II.
La instalación industrial se ubicará en el polígono 5, Parcela 3, Lomas del Medio, en el término
municipal de Talayuela (Cáceres), con referencia catastral 10184A00500003.
Tercero. Conforme a lo establecido en el artículo 16.3 de Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de
Sostenibilidad (DGS) remite copia del expediente al Ayuntamiento de Talayuela con fecha 6
de marzo de 2022, solicitándole un informe sobre la adecuación de la instalación analizada a
todos aquellos aspectos que sean de su competencia. Por lo que en virtud de lo dispuesto en
el artículo 16.6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto- Ley 3/2021, de
3 de marzo, en el que se establece que “de no emitirse los precitados informes en el plazo
de veinte días señalado, se prose­guirán las actuaciones”, sin que a fecha de redacción de la
presente resolución se haya recibido respuesta del Ayuntamiento de Talayuela.
Cuarto. La DGS, tal como establece el artículo 16.3 de Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, realiza la información pública
del expediente mediante Anuncio de fecha 7 de marzo de 2022 publicado en el DOE número
53, de 17 de marzo de 2022, así como en la página web del órgano ambiental.
Quinto. La planta para el tratamiento de frutos secos cuenta con informe de impacto ambiental de fecha 24 de octubre de 2022 (IA 21/1862), el cual se incluye íntegramente en el anexo
II de la presente resolución.