Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063831)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de secadero de cereales y otras actividades, cuyo promotor es San Agustín de Obando, SCL, en el término municipal de Navalvillar de Pela. Expte.: IA22/0081.
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NÚMERO 238
Miércoles 14 de diciembre de 2022

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Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018,
de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que
se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura), y/o en el
Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 130/2011, de 4 de febrero,
para el desarrollo del Listados de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal técnico
de la Dirección General de Sostenibilidad y al agente del Medio Natural de la zona que
darán las indicaciones oportunas.


• Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la Normativa
Urbanística y en la autorización ambiental unificada, correspondiendo al Ayuntamiento de Navalvillar de Pela y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias
en estas materias.

b. M
 edidas en fase de construcción.


• Previamente al inicio de las obras se procederá al replanteo y jalonamiento de toda la
superficie ocupada para así evitar daños a zonas adyacentes.



• Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando la
entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales. Para la ubicación del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones temporales durante la obra, se evitará generar explanaciones fuera de la zona de actuación.



• Se procederá a la restitución morfológica y descompactación de los terrenos afectados por excavación de zanjas, nuevos colectores, explanaciones, etc., principalmente
mediante el aporte de tierra vegetal, previamente apartada y acopiada en las fases
iniciales de obra. Los sobrantes de tierra vegetal procedentes de la excavación para la
conducción serán esparcidos en las inmediaciones del trazado de las tuberías y se irá
rellenando y restaurando a medida que avance la obra.



• No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externa
sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos en la legislación vigente.



• Los movimientos de tierras, en caso de ser necesarios, serán los descritos en el proyecto. Se evitará realizar estos trabajos en periodos de lluvias para evitar el arrastre
de sedimentos por escorrentía. Si fuera necesario se realizarán aportes de tierra vegetal extra en las áreas con peligro de erosión



• Se adecuarán las instalaciones al entorno rural en que se ubican. En cualquiera de los
elementos constructivos se evitará la utilización de tonos brillantes, manteniendo, en
la medida de lo posible una estructura de edificación tradicional.