Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063837)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de almazara y balsa de evaporación de aguas oleosas, cuyo promotor es Verdeolisur, SL, en el término municipal de Guadiana. Expte.: IA21/1861.
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Miércoles 14 de diciembre de 2022

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ni sobre ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del
Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de Interés Regional).
• Con fecha 27 de mayo de 2022 se recibe informe favorable emitido por la Dirección
General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural indicando que dicho proyecto no
presenta incidencias sobre el Patrimonio Arqueológico conocido, recogiendo una medida
preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueológico no detectado que ha sido
incluida en el presente informe de impacto ambiental.
• La arquitecta técnica de la OTUDTS “Vegas Bajas y Lácara-Los Baldíos” emite informe con
fecha 27 de junio de 2022.
• Con fecha 30 de septiembre de 2022 se recibe informe de la Confederación Hidrográfica
del Guadiana en el que se indica que el cauce Arroyo tributario del río Alcazaba discurre
a unos 170 m al sur de la zona de actuación planteada, por lo que no se prevé afección
física alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado, ni a las zonas de servidumbre
y policía. En cuanto a las infraestructuras gestionadas por este Organismo de cuenca, se
indica que la zona de actuación se ubica dentro de la zona Regable de Montijo. Deberán
respetarse todas las infraestructuras de regadío, así como sus zonas expropiadas. Sobre
el consumo de agua indica para la legalización del pozo existente, el promotor deberá
solicitar una concesión de aguas para uso industrial, aunque el volumen necesario sea
inferior a 7.000 m3/año. Su otorgamiento estará supeditado a la existencia de recurso,
de la misma manera se hace una serie de indicaciones de carácter general sobre vertidos
al dominio público hidráulico.
• Con fecha 28 de octubre de 2022 se recibe informe del Servicio de Conservación de la
Naturaleza y Áreas Protegidas en el que se informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable, directa o indirectamente, a
los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan una serie de medidas preventivas, correctoras y complementarias, las cuales han sido tenidas en cuenta
en el presente informe de impacto ambiental.
3. A
 nálisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria previsto en la Subsección 1ª de la Sección 2ª del Capítulo VII del Título
I, según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.