Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Política Social. Subvenciones. (2022063499)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a la incorporación social y laboral de jóvenes que pertenecen o han pertenecido al Sistema de Protección de Menores de la Junta de Extremadura para el año 2023.
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Miércoles 14 de diciembre de 2022

DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LOS REQUISITOS EXIGIDOS PARA OBTENER LA
CONDICIÓN DE ENTIDAD BENEFICIARIA Y OTRAS AYUDAS PÚBLICAS SOLICITADAS Y
RECIBIDAS
Quien suscribe DECLARA que la entidad a la que representa
1º. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura:
a) No ha sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o
ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias,
fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
b) No ha solicitado la declaración de concurso voluntario, ni ha sido declarada insolvente en cualquier
procedimiento, ni ha sido declarada en concurso, salvo que éste haya adquirido la eficacia de un convenio, ni esta
sujeta a intervención judicial ni ha sido inhabilitada conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que
haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
c) No ha dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier
contrato celebrado con la Administración.
d) No se encuentra incursa en alguno de los supuestos de incompatibilidades que establezca la normativa vigente.
e) Se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por
las disposiciones vigentes o no tener deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma.
f) No tiene la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
g) Se encuentra al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
h) No ha sido sancionada mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones en
virtud de norma con rango de ley.
i) Las prohibiciones de obtener subvenciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las
personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por
transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.
2.º Respecto de otras ayudas acogidas al Régimen de mínimis (Reglamento (UE) 1407/2013, de 18 de diciembre):

 No ha solicitado ni recibido ayudas y subvenciones acogidas a la normativa de mínimis, durante los tres
ejercicios fiscales.

 Haber solicitado o recibido las ayudas y subvenciones acogidas al régimen de mínimis que se mencionan a
continuación, durante los tres últimos ejercicios fiscales (el actual y los dos anteriores).

FECHA

ORGANISMO

TIPO DE AYUDA

IMPORTE

ESTADO
TRAMITACIÓN

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