Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Desarrollo Rural. (2022050221)
Orden de 1 de diciembre de 2022 de selección de Estrategias de Desarrollo Local Participativo en el periodo 2023-2027.
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NÚMERO 238
Miércoles 14 de diciembre de 2022

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— Garantizar la coherencia de la estrategia de desarrollo local participativo al seleccionar
las operaciones, ordenándolas por prioridades según su contribución a la consecución
de los objetivos y las metas de esa estrategia.
— Elaborar y publicar convocatorias de propuestas, definiendo los criterios de selección.
— Recibir las solicitudes de ayuda y evaluarlas.
— Seleccionar las operaciones, fijar el importe de la ayuda y, cuando proceda, presentar
las propuestas al organismo responsable de la verificación final de la subvencionabilidad
antes de la aprobación.
— Hacer un seguimiento de los avances realizados en la consecución de los objetivos de la
estrategia.
— Evaluar la ejecución de la estrategia.
El grupo de acción local podrá ser un beneficiario y ejecutar las operaciones de conformidad con la estrategia, siempre que garantice el respeto del principio de separación de
funciones.
2. Requisitos y obligaciones:
— Tener personalidad jurídica pública o privada. Las personas jurídico-privadas deben
estar constituidas al amparo de la Ley Orgánica 1/2002 de asociaciones y normativa
de aplicación del Estado o de la Comunidad Autónoma y acreditarán documentalmente
carecer de fines de lucro.
— A estos efectos, se considerará que carecen de fines de lucro aquellas entidades que,
aunque desarrollen actividades de carácter comercial, los beneficios resultantes de las
mismas se invierten en su totalidad en el cumplimiento de fines institucionales no comerciales.
— En sus Estatutos de funcionamiento, dispondrán de un capítulo de régimen societario
que explicite, al menos, las siguientes cuestiones:


• Requisitos para adquirir la condición de socio y socia.



• Sistema de admisión de socias y socios.



• Obligaciones y derechos de los socios y de las socias.