Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063626)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Veritas Turgalium MMXV, SL, para el ciclo formativo de Grado Superior en Administración y Finanzas del IES Turgalium de Trujillo.
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Martes 13 de diciembre de 2022

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CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y VERITAS TURGALIUM MMXV, SL,
PARA EL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR EN ADMINISTRACIÓN Y
FINANZAS DEL IES TURGALIUM DE TRUJILLO.
Mérida, 17 de noviembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE n.º 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE n.º 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Veritas Turgalium MMXV, SL, con CIF B10460020 y domicilio en Ronda de la Piedad, n.º 45, código postal 10200 Trujillo, Cáceres, con teléfono de contacto
______________, correo electrónico ___________________________ y Doña María Yolanda
Sánchez Piélago como representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Que el objetivo del presente convenio entre las entidades a las que representan para el
desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
2. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
4. Que el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación