Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022063782)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Juan Manuel Criado, SL, en el término municipal de Mérida.
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Martes 13 de diciembre de 2022

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dad, siempre y cuando no cumpla con los criterios establecidos en el artículo 17.f del
Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regula las condiciones para la
instalación, modificación y reposición de cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en
la Comunidad Autónoma de Extremadura.


• Se colocarán pasos de fauna a lo largo del vallado de cerramiento siguiendo las pautas
básicas del manual Prescripciones técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales (segunda edición, revisada y ampliada), para facilitar los movimientos de fauna y minimizar el efecto barrera. Se deberá garantizar el manteamiento
de las características y funciones de estas estructuras durante toda la vida útil del
proyecto.



• En cuanto a la medida correctoras de cara a la protección del patrimonio arqueológico
no detectado en superficie que pudiera verse afectado en el transcurso de las obras,
será la siguiente:



– El proyecto de construcción deberá ser aprobado por este Consorcio, como entidad
competente en materia de patrimonio cultural en el término municipal de Mérida,
por delegación de la Junta de Extremadura, con carácter previo a la aprobación
de la licencia municipal, conforme a lo establecido en el artículo 9.39 del indicado
Plan Especial.

– Con carácter previo a la ejecución del proyecto se deberá realizar la siguiente
intervención arqueológica: prospección arqueológica de superficie en todo el ámbito superficial. A la vista del resultado de la prospección, se emitirá dictamen por
este Consorcio sobre necesidad de sondeos en zonas positivas o de seguimiento
arqueológico en caso de resultado negativo.
– La citada intervención deberá ser realizada por el promotor a través de equipo
de arqueología contratado al efecto, previa autorización por este Consorcio del
proyecto de seguimiento. Además, deberá comunicarse al Consorcio de la Ciudad
Monumental la fecha de inicio de la intervención arqueológica y de las obras con
al menos dos días de antelación para supervisión de esta entidad.


• Si en alguna zona la pendiente del terreno requiriese realizar movimientos de tierras
para reducirla, se retirará la tierra vegetal antes para extenderla al final, especialmente en los taludes. Se evitará realizar estos trabajos en periodos de lluvias para
evitar el arrastre de sedimentos por escorrentía. Si fuera necesario se realizarán
aportes de tierra vegetal extra en las áreas con peligro de erosión.



• No se ocupará ninguna zona de vegetación natural asociada a los encharcamientos y
cauces.