Presidencia De La Junta. Expropiaciones. (2022040218)
Decreto 145/2022, de 7 de diciembre, por el que se declara urgente la ocupación por el Excmo. Ayuntamiento de Aldea del Cano (Cáceres) de los bienes y derechos necesarios en el procedimiento de expropiación forzosa tramitado para la ejecución de la obra denominada "Construcción de una Estación de Aguas Residuales (EDAR) en el término municipal de Aldea del Cano".
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Martes 13 de diciembre de 2022

Ayuntamiento donde radican los bienes y derechos a expropiar; asimismo, fue notificada individualmente a las personas interesadas afectadas en el ámbito de actuación.
Consta en el expediente que en el plazo de información pública se presentaron alegaciones,
las cuales han sido objeto de la oportuna contestación, resultando la relación definitiva de
bienes, derechos y personas propietarias afectadas que figura como anexo a este decreto.
En fecha 21 de julio de 2022 se acuerda solicitar al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados en la mencionada obra. En fecha 29 de julio de 2022 se registra la solicitud del Consejo de Gobierno de la
Junta de Extremadura para la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados por
la expropiación, necesarios para la ejecución de la obra, denominada “Construcción de una
Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) en el término municipal de Aldea del Cano”,
habiéndose generado el oportuno documento contable.
En base a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y el artículo 56 de
su Reglamento, y en uso de las atribuciones concedidas por el Real Decreto 2641/1982, de 24
de julio, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura es competente para disponer el
carácter urgente de la ocupación de los terrenos de referencia.
En su virtud, a propuesta del Presidente de la Junta de Extremadura, y previa deliberación del
Consejo de Gobierno, en su sesión del día 7 de diciembre de 2022,
DISPONGO:
Artículo único. De conformidad con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se declara urgente la ocupación por el Ayuntamiento de Aldea del Cano (Cáceres) de los bienes y
derechos necesarios que se han descrito en el procedimiento de expropiación forzosa tramitado para la ejecución de la obra denominada “Construcción de Estación de Aguas Residuales
(EDAR) en el término municipal de Aldea del Cano”.
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura,
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación;
significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Mérida, 7 de diciembre de 2022.
El Presidente de la Junta de
Extremadura
GUILLERMO FERNANDEZ VARA