Servicio Extremeño Público De Empleo. Medidas Urgentes. Empleo. (2022063802)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Planificación y Evaluación de Políticas Activas de Empleo, de concesión de ayudas solicitadas al amparo del Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento y recuperación del empleo frente a la crisis ocasionada por el COVID-19.
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Lunes 12 de diciembre de 2022

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SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2022, de la Dirección General de
Planificación y Evaluación de Políticas Activas de Empleo, de concesión de
ayudas solicitadas al amparo del Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril, por el
que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento
y recuperación del empleo frente a la crisis ocasionada por el COVID-19.
(2022063802)

Vistos los datos e información contenidos en las bases de datos de la aplicación informática de
gestión de los expedientes de solicitud de ayudas, presentadas al amparo de la Línea I.1 del
Programa I y reguladas en el Título I del Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril, y la propuesta
de resolución formulada, en atención a los siguientes
HECHOS:
Primero. Que las personas trabajadoras autónomas que se relacionan en el Anexo a la
presente resolución de concesión han presentado solicitud de ayuda acogiéndose a la Línea
I.1 del Programa I del Título I del Decreto-ley 8/2020, de 24 de abril, por el que se adoptan
medidas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento y recuperación del empleo frente
a la crisis ocasionada por el COVID-19 (DOE de 27 de abril, Suplemento n.º 80), “Ayudas al
mantenimiento del empleo por cuenta propia de personas trabajadoras autónomas que se
hubieran visto obligadas, directamente o por una reducción de ingresos, al cese de actividad
recogido en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo”, reuniendo los requisitos establecidos para obtener la condición de personas beneficiarias, de acuerdo con las Declaraciones
Responsables presentadas en la solicitud por las personas interesadas.
Segundo. Por parte del órgano competente se han desarrollado las actuaciones necesarias
de ordenación e instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones. Una vez
obtenidos los datos contenidos en las bases de datos de la aplicación informática de gestión
de las solicitudes, se cuenta con la información mínima necesaria que permite la conclusión
del procedimiento de concesión.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La competencia para resolver este procedimiento corresponde a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo, conforme a lo establecido en el artículo 7.2
del Decreto-ley, de 24 de abril. El ejercicio de dicha competencia corresponde a la Dirección
General de Planificación y Evaluación de Políticas Activas de Empleo del SEXPE, en virtud de
la delegación de competencias efectuada mediante Resolución de 29 de noviembre de 2019,