Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2022063793)
Resolución de 23 de noviembre de 2022, la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Planta Solar OPDE 44, SL, para la subestación "Huerta Sevilla" y línea aérea/subterránea 400 kV de evacuación, ubicada en los términos municipales de Fuente de Cantos y Segura de León (Badajoz). Expte.: GE-M/50/20.
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Lunes 12 de diciembre de 2022

“Segura de León”, objeto de otro proyecto (expediente AIE 357/2020), desde donde partirá la infraestructura de evacuación, compartida con otras instalaciones de producción de
energía eléctrica, hasta el punto de conexión otorgado en la subestación Brovales 400 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Recorrido línea: Polígono 14, parcelas 11, 21, 9002 y 9006; Polígono 15, parcelas 9010 y 9011;
Polígono 16, parcelas 24, 25, 26, 27, 56, 9002 y 9007; Polígono 17, parcelas 21, 22 y 9004;
Polígono 18, parcelas 1, 2, 9002 y 9003, del término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz)
y Polígono 21, parcelas 1, 20 y 22, del término municipal de Segura de León (Badajoz).
Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 4.754.941,96 €.
Finalidad: Subestación y línea aérea/subterránea de evacuación.
La autorización administrativa previa se otorga bajo las siguientes condiciones:
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La Empresa, una vez finalizadas las instalaciones y realizadas las pruebas, ensayos y verificaciones de las mismas con resultado favorable, deberá solicitar la emisión de la correspondiente autorización de explotación.
La presente Autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos
particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia
municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de las instalaciones.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de acuerdo con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con el artículo
122 de dicha norma legal.
Mérida, 23 de noviembre de 2022.
El Director General de Industria,
Energía y Minas,
SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ