Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063628)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación de Badajoz para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Comarca de Olivenza", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

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d. L
 a disposición de un “Plan de medidas antifraude” para garantizar y declarar que los
fondos correspondientes al PSTD se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, a lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude,
la corrupción y los conflictos de intereses.
e. El cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, en relación
con la identificación del perceptor final de los fondos, entidades ejecutoras, contratistas
y subcontratistas y a la aportación de esta información.
Específicamente, deberá la entidad local prever la aceptación por parte de los perceptores finales de los fondos de la cesión de datos entre las administraciones públicas
implicadas. Igualmente, incluirá en los procedimientos de licitación, en relación con la
identificación de los contratistas y subcontratistas:

□ NIF del contratista o subcontratista.



□ Nombre o razón social.



□ Domicilio fiscal.



□ Aceptación de la cesión de datos de carácter personal (Anexo V).



□ Declaración



responsable sobre el compromiso de cumplimiento de los principios

transversales establecidos en el PRTR (Anexo VI).
f. L
 a evaluación del cumplimiento del compromiso de etiquetado verde y digital.
Se deberá aportar, si fuera necesario, documentación justificativa (Anexo VII), del cumplimiento del principio de “no causar daño significativo” (principio do no significant
harm-DNSH).
g. L
 a adopción de las medidas de publicidad, señaladas en la cláusula Decimotercera.
h. La prestación de garantía de la ausencia de doble financiación. (Anexo VIII).
i. La remisión a la Dirección General de Turismo de cuanta información fuera necesaria o
requerida sobre la gestión, ejecución y control de las actuaciones realizadas en el marco
de este convenio mediante la formalización de los informes preceptivos, para comprobar
la evolución del gasto realizado, el cumplimiento de los hitos y objetivos marcados y la
adecuación de los proyectos del PSTD.