Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063628)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación de Badajoz para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Comarca de Olivenza", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

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Se llevará una contabilidad pormenorizada y separada en cumplimiento de lo establecido en
el presente convenio. En todo caso, se dispondrá de listados de comprobación o informes de
control que garanticen la llevanza de cada una de las actuaciones que se derivan de la ejecución del convenio.
La Diputación comunicará en el seno de las reuniones que celebre la Comisión de Seguimiento
(cláusula Undécima) y, siempre que lo pida cualquiera de las partes, el saldo y movimientos
de dicha cuenta.
Los intereses generados en la cuenta bancaria serán aplicados a actuaciones del convenio,
previa aprobación en la Comisión de Seguimiento.
Para que pueda realizarse el pago, la entidad local deberá acreditar, previamente, que se halla
al corriente en las obligaciones tributarias con el Estado y frente a la Seguridad Social y la
Hacienda Autonómica. Y ello mediante verificación de oficio por la Dirección General de Turismo, salvo oposición de la entidad beneficiaria, respecto a estar al corriente con la Hacienda
Autonómica o con la Seguridad Social; o, salvo falta de autorización respecto a la certificación
de estar al corriente con la Hacienda Estatal.
Sexta. Compatibilidad de las ayudas.
Los proyectos objeto de estas actuaciones podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión siempre que dichos ingresos no cubran el mismo coste, de conformidad
con lo establecido en el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
Las ayudas deben respetar el principio de adicionalidad y la necesidad de establecer mecanismos que eviten la doble financiación, en virtud del apartado 3 del artículo 7 de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
Las actuaciones financiadas por estas líneas de inversión podrán obtener financiación a través
del Instituto de Crédito Oficial (ICO), así como del Banco Europeo de Inversiones (BEI) siempre que dicha financiación no se destine a cubrir los mismos costes que los cubiertos por esta
financiación de los Fondos Europeos NextGeneration.
Séptima. Obligaciones de las partes intervinientes.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura como entidad beneficiaria y la Diputación de Badajoz, como destinataria final, entidad ejecutora de la puesta
en marcha de este PSTD objeto del convenio, asumen una serie de obligaciones, sin perjuicio