Universidad De Extremadura. Pruebas Selectivas. (2022063719)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en la Escala de Técnico Auxiliar de Informática, mediante el sistema de acceso libre según la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022



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Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.4. Con anterioridad a la iniciación del procedimiento, la autoridad que convoca publicará
en el Diario Oficial de Extremadura, resolución por la que se nombren a los nuevos
miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por
alguna de las causas previstas en la base 5.3.
5.5. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia, al menos, de la mitad de sus miembros, siendo necesaria la asistencia obligada del Presidente y el Secretario.


El Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto
desarrollo del proceso selectivo.

5.6. A partir de su constitución y para el resto de las sesiones, el Tribunal, para actuar
válidamente requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior.
5.7. El Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así
como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
5.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el
Rectorado de la Universidad de Extremadura, Área de Recursos Humanos (Plaza de
los Caldereros núm.1, 10003 Cáceres, teléfono 927 257013). El Tribunal dispondrá en
esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, para que atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con el proceso selectivo.
5.9. E
 l Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda de las
recogidas en la normativa reguladora de indemnizaciones por razón de servicio.
5.10. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso
selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.


No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas,
cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de
selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para
su posible nombramiento como funcionarios de carrera.

5.11. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de
alzada ante el Rector de la Universidad de Extremadura en el plazo de un mes.