Ayuntamiento De Guareña. Urbanismo. (2022082025)
Anuncio de 30 de noviembre de 2022 sobre aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Actuación nº 10.
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Lunes 12 de diciembre de 2022

AYUNTAMIENTO DE GUAREÑA
ANUNCIO de 30 de noviembre de 2022 sobre aprobación definitiva del
Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Actuación n.º 10. (2022082025)
El Pleno del Ayuntamiento de Guareña, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de noviembre
de 2022, en base al contenido de los artículos 101 y siguientes del Real Decreto 3288/1978,
de 25 de agosto, que aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística y artículo 124 de la Ley
11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, ha aprobado definitivamente el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Actuación n.º
10, tramitado a instancia del propio ayuntamiento.
Lo que se hace público para general conocimiento, informando que contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse, alternativamente, o recurso
de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción
de esta notificación, ante el Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Mérida (Badajoz) en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por
interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Asimismo podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.
Guareña, 30 de noviembre de 2022. El Secretario General, MANUEL CARO FRANGANILLO.

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