Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Notificaciones. (2022082005)
Anuncio de 28 de noviembre de 2022 sobre notificación por publicación del segundo y último requerimiento de subsanación del procedimiento de ayudas para la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna correspondiente a la convocatoria establecida en la disposición adicional segunda del Decreto 35/2022, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

61201

OBSERVACIONES MEMORIA DE ACTUACIONES:
14.b.8) Se han detectado las siguientes incidencias en el presupuesto aportado:
-Para presupuestar el aislamiento de cables conductores y conexiones o puentes se deberán utilizar las
partidas diferenciadas existentes en el listado de precios unitarios establecidos por el Ministerio,
partidas 297 y 298.
-Para los apoyos de alineación con cruceta bóveda y aisladores en suspensión deberá considerarse el
aislamiento de los conductores y grapas laterales, actuaciones no obligatorias para el cumplimiento del
RD 1432/2008 y, por tanto, no subvencionable.
-En las medidas especificadas para la obtención de la distancia de seguridad en los apoyos con aisladores
en suspensión se contempla ampliar las cadenas de suspensión hasta que estén constituidas por un
total de 4 aisladores tipo U40 ó 1.503. Deberá especificar la conformación de la cadena y las longitudes
de los distintos herrajes que la componen para demostrar y asegurar que se alcanzan los 60 cm
requeridos.
-En los apoyos con cruceta tresbolillo, con aisladores tanto en suspensión como en amarre, deberá
considerarse el aislamiento del cable conductor un metro a ambos lados, actuaciones no obligatorias
para el cumplimiento del RD 1432/2008 y, por tanto, no subvencionable. Sin embargo, será obligatorio
el aislamiento de los puentes de conexión o puentes flojos en las crucetas tresbolillo con aisladores en
amarre.
-El presupuesto aportado presenta gastos no subvencionables como el Estudio de Seguridad y
Salud/Gestión de Residuos, Gastos generales y Beneficio industrial.
-Las partidas para la actuación “Conexión toma de tierra a autoválvulas CU 50mm2 y grapas” y
“Regular tense del conductor aéreo” no están contempladas en el anexo de precios unitarios del
Ministerio recogidos en el art. 4.3 del Decreto 35/2022, de 6 de abril, y, por lo tanto, deberán ser
justificados.
-Se plantea colocar un total de 304 señalizadores visuales. Según la longitud de la línea especificada
(2.140 m), el nº de espirales a instalar es insuficiente para el tramo a señalizar ya que con ese nº no se
genera un efecto visual equivalente a una señal cada 10 metros. Deberían ser 321 según cálculos
efectuados.
-Para estimar el coste de la instalación de balizas salvapájaros deberá usar como precio unitario máximo
el contemplado en el anexo de precios unitarios del Ministerio recogido en el art. 4.3 del Decreto
35/2022, de 6 de abril, concretamente las partidas 233 y 296 (espirales), según corresponda.
-Para estimar el coste de la partida “Suministro e instalación en régimen de alquiler por día de grupo
electrógeno” deberá especificar la potencia y utilizar como precio máximo unitario el establecido en
la tabla de referencia del Ministerio.
NIF: P1002900G
Nº EXPEDIENTE: CN0016/22/SUB
INCIDENCIAS DETECTADAS: 1.f; 8.a; 12.a; 13.a; 14.b.7); 14.b.8)
OBSERVACIONES DOCUMENTACIÓN:
1.f. Se deberán aportar los datos del proyecto: Identificación (fecha de puesta en servicio y nº expte
industria).
OBSERVACIONES MEMORIA DE ACTUACIONES:
14.b.8) Se han detectado las siguientes incidencias en el presupuesto aportado: