Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Notificaciones. (2022082005)
Anuncio de 28 de noviembre de 2022 sobre notificación por publicación del segundo y último requerimiento de subsanación del procedimiento de ayudas para la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna correspondiente a la convocatoria establecida en la disposición adicional segunda del Decreto 35/2022, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

61248

-No se contemplan los desmontajes de las cadenas de aisladores en suspensión de los puentes de
conexión.
-Se deberá aclarar la configuración definitiva del apoyo nº11 tras las modificaciones efectuadas, parece
haber incongruencias entre las partidas de desmontajes y montajes y la configuración actual según la
fotografía aportada.
-La partida UCADAMob se describe de forma errónea en el apartado “Cuadro de descompuestos” (3
aisladores U40/3 aisladores U70).
NIF: A95075578
Nº EXPEDIENTE: CN0113/22/SUB
INCIDENCIAS DETECTADAS: 1.d; 5.a; 8.a; 14.a; 14.b.2); 14.b.8)
OBSERVACIONES DOCUMENTACIÓN:
OBSERVACIONES MEMORIA DE ACTUACIONES:
14.b.2) Para presupuestar la instalación de elementos anticolisión debe indicarse la longitud del tramo
a adaptar de la línea, especificar la partida utilizada y el número de unidades totales. En el caso de
utilizar el balizamiento mediante espirales se debe utilizar la partida 296 USMSSPa ud “Suministro y
montaje de baliza salvapájaros con silueta simulada de ave, de alta visibilidad y móvil al efecto del viento
para protección anticolisión de la avifauna con conductores desnudos en líneas aéreas de AT”.
14.b.8) Se han detectado las siguientes incidencias en el presupuesto aportado:
-No se ha podido valorar el presupuesto; debe elaborarse en base a los códigos, partidas y precios
máximos de referencia establecidos según el artículo 4 del Decreto 35/2022, de 6 de abril.
-Una gran parte de los apoyos sobre los que se va a actuar, contenidos en la tabla de la página 45-47
de la memoria aportada, se ubica según la capa Shape aportada, fuera de las zonas de protección
establecidas en la RESOLUCIÓN de 14 de julio de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente
y, por tanto, son actuaciones no subvencionables.
-Para los apoyos de alineación con cruceta bóveda y aisladores en suspensión deberá valorarse el
aislamiento de los conductores y grapas laterales, actuaciones no obligatorias para el cumplimiento del
RD 1432/2008 y, por tanto, no subvencionable.
-La instalación de disuasores de posada o nidificación no es una actuación subvencionable.
-Se deben aislar los bornes de todos los tipos de seccionadores y aparamenta. El aislamiento de los
seccionadores debe contemplar todos los elementos en tensión, tanto el borne superior como el
inferior.
-Para presupuestar el aislamiento de cables conductores y conexiones o puentes deberá utilizar las
partidas diferenciadas existentes en el listado de precios unitarios establecidos por el Ministerio
(partida 297 USMTCAbb ud “Suministro y montaje de protecciones y aislamiento del conductor
desnudo con tubo rígido tipo MVLC o similar y fijación varilla preformada” y partida 298 USMTCBa
ud “Suministro y montaje de aislamiento de protecciones de conductor desnudo de puentes o
conexiones entre cadenas aisladores y entre equipos ubicados en apoyo o poste, aislando con tubo
cobertor flexible MVCC o similar”).
-De forma general todos los elementos en tensión dispuestos en cabecera, en cruceta principal en
posición dominante, o en cruceta principal en posición inferior (seccionadores) deben ser ubicados en
cruceta auxiliar inferior.

NIF: A95075578