Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Notificaciones. (2022082005)
Anuncio de 28 de noviembre de 2022 sobre notificación por publicación del segundo y último requerimiento de subsanación del procedimiento de ayudas para la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna correspondiente a la convocatoria establecida en la disposición adicional segunda del Decreto 35/2022, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

61241

NIF: B06281497
Nº EXPEDIENTE: CN0092/22/SUB
INCIDENCIAS DETECTADAS: 9.a; 14.b.8)
OBSERVACIONES DOCUMENTACIÓN:
OBSERVACIONES MEMORIA DE ACTUACIONES:
14.b.8) Se han detectado las siguientes incidencias en el presupuesto aportado:
-En el presupuesto de las actuaciones del apoyo 1 existe un error en la descripción de la partida
utilizada para el desmontaje de la cadena de amarre, según la configuración actual y la fotografía
aportada. En el mismo existe un error en el número de unidades de tubo cobertor flexible (3uds
correspondiente a tres puentes flojos).
-En el presupuesto de las actuaciones del apoyo 5 existe un error en la descripción de la partida
utilizada para el desmontaje de la cadena de amarre, según la configuración actual y la fotografía
aportada.
-En el presupuesto de las actuaciones del apoyo 6 existe un error en la descripción de la partida
utilizada para el desmontaje de la cadena de amarre, según la configuración actual y la fotografía
aportada.
-Para las actuaciones en apoyos de alineación con cruceta tresbolillo y aisladores en suspensión se debe
valorar el aislamiento de grapas y de los conductores un metro a partir de éstas como actuación no
obligatoria para el cumplimiento del RD1432/2008 y, por tanto, no subvencionable.
-Existe una pequeña desviación en los costes unitarios utilizados para las partidas “aislamiento de
bornes de autoválvula” y “aislamiento de bornes de seccionador” superando el precio máximo
establecido en el punto 3 del artículo 4 del DECRETO 35/2022, de 6 de abril, por el que se establecen
las bases reguladoras de ayudas destinadas a la corrección de líneas eléctricas peligrosas.
NIF: B06281497
Nº EXPEDIENTE: CN0093/22/SUB
INCIDENCIAS DETECTADAS: 1.f; 8.a; 9.a; 14.b.8)
OBSERVACIONES DOCUMENTACIÓN:
1.f. Se deberán aportar los datos del proyecto: Identificación (fecha de puesta en servicio)
OBSERVACIONES MEMORIA DE ACTUACIONES:
14.b.8) Se han detectado las siguientes incidencias en el presupuesto aportado:
-Para el apoyo 1 existen discrepancias entre la descripción del apoyo y las actuaciones a realizar que
contiene el presupuesto y la configuración actual que se aprecia en la fotografía aportada.
-En la descripción de las actuaciones a realizar se expone la instalación de espirales anticolisión cada
30 m en el mismo conductor y, sin embargo, el RD1432/2008 indica que deben situarse cada 20 m.
Por este motivo, el número propuesto de balizas a instalar (61) es incorrecto, siendo necesaria la
instalación de 92 unidades.
-Para las actuaciones en apoyos de alineación con cruceta bóveda y aisladores en suspensión se debe
valorar el aislamiento de grapas y de los conductores un metro a partir de estas en los conductores
laterales como actuación no obligatoria para el cumplimiento del RD1432/2008 y, por tanto, no
subvencionable.