Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Notificaciones. (2022082005)
Anuncio de 28 de noviembre de 2022 sobre notificación por publicación del segundo y último requerimiento de subsanación del procedimiento de ayudas para la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna correspondiente a la convocatoria establecida en la disposición adicional segunda del Decreto 35/2022, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

61237

OBSERVACIONES DOCUMENTACIÓN:
1.f. Se deberán aportar los datos del proyecto: Identificación (fecha de puesta en servicio).
OBSERVACIONES MEMORIA DE ACTUACIONES:
14.b.7) Se deberá aportar en formato shp la localización de la línea y de cada uno de los apoyos con el
fin de determinar con exactitud su ubicación dentro de la zona de protección de tendidos eléctricos
(requisito imprescindible para que sea subvencionable la actuación), ubicación dentro de espacios
protegidos, proximidad a plataformas de nidificación de especies amenazadas, etc. Hay dudas de la
inclusión de los apoyos 36-40 dentro de la zona de protección.
14.b.8) Se han detectado las siguientes incidencias en el presupuesto aportado:
-Para los apoyos de alineación con cruceta bóveda y aisladores en suspensión deberá considerarse el
aislamiento de los conductores y grapas laterales actuaciones no obligatorias para el cumplimiento del
R.D 1432/2008 y, por tanto, no subvencionable.
-Para el apoyo 40 fin de línea CT presupuesta suministro y montaje de aislamiento de bornes de
seccionador y, sin embargo, según la descripción de los apoyos y la foto no existe.
-Existe una pequeña desviación en los costes unitarios utilizados para ciertas partidas (por ejemplo,
partidas UCADAMhb y UCADUOcb) superando el precio máximo establecido en el punto 3 del
artículo 4 del DECRETO 35/2022, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de
ayudas destinadas a la corrección de líneas eléctricas peligrosas.
NIF: B91516344
Nº EXPEDIENTE: CN0085/22/SUB
INCIDENCIAS DETECTADAS: 1.b; 1.f; 8.b; 14.b.1); 14.b.7); 14.b.8)
OBSERVACIONES DOCUMENTACIÓN:
1.b. Se deberá aportar fecha de solicitud.
1.f. Se deberán aportar los datos del proyecto: Identificación (fecha de puesta en servicio) y duración.
8.b. Se deberá aportar acreditación de la titularidad de la línea eléctrica mediante escrito emitido por
el órgano competente en materia de ordenación industrial en el que se haga constar el cambio de
titularidad y la identificación de la línea eléctrica (el documento aportado no es válido).
OBSERVACIONES MEMORIA DE ACTUACIONES:
14.b.1) El plano a escala 1:25000 deberá ubicar e identificar los apoyos sobre los que se van a efectuar
las actuaciones.
14.b.7) La cobertura en formato shape (shp) deberá ubicar e identificar los apoyos sobre los que se
van a efectuar las actuaciones.
14.b.8) Se han detectado las siguientes incidencias en el presupuesto aportado:
-En la descripción de las modificaciones deberán detallarse las actuaciones a realizar para cada tipo de
apoyo.
-Para los apoyos de amarre la descripción de las actuaciones se deberá contemplar el aislamiento de
las grapas de amarre y de los conductores desnudos un metro a partir de la grapa de amarre.
-Se deberá contemplar el aislamiento de conexiones entre elementos en tensión.
-Se deberá contemplar el aislamiento de los bornes de autoválvulas y bornes de seccionador.
-Se deberán cambiar de ubicación las 3 autoválvulas a cruceta auxiliar inferior.