Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Trámites Telemáticos. (2022082004)
Anuncio de 25 de noviembre de 2022 por el que se realiza la convocatoria pública para la adquisición de la condición de entidad colaboradora en los trámites telemáticos con la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
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NÚMERO 236

61184

Lunes 12 de diciembre de 2022

Quinta. COORDINACIÓN.
La coordinación del desarrollo de las actuaciones contempladas en el presente convenio,
así como el seguimiento de su ejecución, será efectuada por la Secretaría General de la
Consejería competente en materia agraria, u órgano en que se delegue. La coordinación,
en el ámbito de la Solicitud Única, corresponderá a la Dirección General de Política
Agraria Comunitaria.
Sexta. PUBLICIDAD.
La Consejería competente en materia agraria junto a la entidad firmante, dará
publicidad del presente Convenio de Colaboración, a través de los distintos medios de
comunicación.
Séptima. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
El tratamiento de la información obtenida de los datos de los expedientes tramitados al
amparo del presente convenio, así como de la distinta información que por parte de la
Consejería competente en materia agraria sea suministrada a la entidad colaboradora
para facilitar la captura de los datos, se regirá por lo dispuesto en el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 y en Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales, así como sus modificaciones.
Todos los datos suministrados, así como las herramientas y la información
correspondiente al Sistema de Información Geográfica de Parcelas (SIGPAC), sólo podrán
ser utilizados para la finalidad establecida, debiendo ser autorizado el uso de los mismos
para cualquier otra finalidad por parte de la Consejería competente en materia agraria.
Octava. COMPENSACIÓN ECONÓMICA.
La entidad colaboradora o sujeto de derecho privado, por la realización de las actuaciones
anteriormente mencionadas, no recibirá compensación económica alguna por parte de la
Administración de la Junta de Extremadura.
Novena. INCUMPLIMIENTO.
En caso de incumplimiento por parte de la entidad colaboradora o sujeto de derecho
privado de alguno de los compromisos establecidos en el presente Convenio, éstos se
comprometen a abonar los gastos que dicho incumplimiento genere, pudiendo ser además
causa de suspensión o resolución del mismo.

La Secretaria General de la Consejería
de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio.

Fdo: María Curiel Muñoz

La Entidad Colaboradora/Sujeto
de derecho privado

Fdo: