Extremadura Avante, Slu. Pruebas Selectivas. (2022082024)
Anuncio de 2 de diciembre de 2022 sobre convocatoria de empleo para la estabilización de empleo temporal para el año 2022.
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NÚMERO 236
Lunes 12 de diciembre de 2022

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En el anexo I de la presente convocatoria se clasifican las plazas que se convocan por Área
o Programa, con la definición de los requisitos de titulación solicitados, como la descripción
de funciones de cada uno de los puestos.
2. Esta convocatoria cumplirá el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el
acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución,
la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres,
así como la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la
Violencia de Género en Extremadura.
3. L
 as bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, documentos relacionados
con el proceso selectivo, como aquella comunicación o reclamación que quiera realizar cualquier
aspirante o candidato, se realizarán a través de la dirección candidato.extremaduraavante.es
Además, a efectos informativos, se hará pública en la misma dirección de internet, la relación de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, provisional y definitiva, la puntuación de
la fase de concurso, provisional y definitiva, como la definitiva de cada candidato.
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
1. P
 ara ser admitidos a la realización del proceso selectivo correspondiente, los/as aspirantes
deberán poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener
hasta el momento de la contratación los siguientes requisitos de participación:
1.1. Nacionalidad.


a. Nacionalidad española.



b. Nacionalidad de algunos de los Estados Miembros de la Unión Europea.



c. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, las personas que sean
cónyuge de alguna de las referidas en los dos apartados anteriores, siempre que no
estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que
no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes.



d. Personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores y trabajadoras.

1.2. T
 ener cumplidos 16 años y no exceder en su caso de la edad máxima de jubilación
forzosa.