Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Eléctrica. (2022063746)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Luis Rangel y Hermanos, SA, de las instalaciones correspondientes al "Proyecto CT Fariñas de 250 kVA en caseta (Pfu-4) de Segura de León". Término municipal: Segura de León. Expte.: 06/AT-1732/18219.
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Viernes 9 de diciembre de 2022

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las alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el procedimiento que
no hubieran quedado solventadas con anterioridad al trámite de resolución.
En el presente caso no han sido presentadas alegaciones, así como tampoco oposiciones o
condicionados por las Administraciones Públicas o entidades afectadas.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio
RESUELVE:
Conceder a Luis Rangel y Hermanos, SA, autorización administrativa previa de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “Proyecto CT Fariñas de 250 kVA en caseta
(Pfu-4) de Segura de León”, cuyos datos esenciales son los indicados seguidamente:
Centro de transformación en edificio prefabricado (Pfu-4).
N.º de transformadores 1.
Potencia. 250 kVA.
Tensión Nominal: 15 kV.
Relación T: 20/15-0.42.
3 celdas de E/S: módulo metálico con aislamiento y corte en gas.
1 celda protección: con fusibles, módulo metálico con aislamiento y corte en gas
Emplazamiento: En c/ Guardia Civil, s/n, de Segura de León, Badajoz.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.