Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063743)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Fuente del Maestre. Expte.: IA22/0069.
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Viernes 9 de diciembre de 2022

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RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la
forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual de las
Normas Subsidiarias de Fuente del Maestre. Expte.: IA22/0069. (2022063743)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en su artículo 49, prevé los planes y programas que deben ser sometidos a
evaluación ambiental estratégica simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el plan o programa no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los
términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien, que el plan o programa
debe someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque pueda tener efectos
significativos sobre el medio ambiente.
El citado artículo 49 especifica aquellos planes y programas que serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 49 a
53 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y de conformidad con los criterios establecidos en el anexo VIII de dicha ley.
La modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Fuente del Maestre se encuentra encuadrada en el artículo 49, letra f), apartado 1.º de la Ley de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Es Órgano competente para la formulación del informe ambiental estratégico relativo a la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Fuente del Maestre, la Dirección General de
Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
1. Objeto y descripción de la modificación.
La modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Fuente del Maestre tiene por objeto
la reclasificación de 240.671 m2, de suelo no urbanizable genérico a suelo urbanizable,
para la creación de tres sectores de suelo urbanizable de uso global industrial, PIM-02
(84.172 m2), PIM-03 (81.067 m2) y PIM-04 (75.432 m2).
Los terrenos que se pretenden reclasificar pertenecen a las parcelas 17, 18, 19, 20, 21, 22,
23, 24, 25, 26, 175 y 27 del polígono 53, del término municipal de Fuente del Maestre.
Además, se crean unas normas específicas para el suelo urbanizable, sectores del Polígono
Industrial Municipal PIM-02, PIM-03, PIM-04.