Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063739)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Modificación de concesión de aguas subterráneas para ampliación de superficie de regadío en 66,03 ha de olivar súper-intensivo a implantar, a sumar a las 125,39 ha ya concedidas y totalizar 191,42 ha, a ejecutar en la finca Montenuevo-La Sanchita", en el término municipal de Olivenza (Badajoz). Expte.: IA 21/0259.
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Viernes 9 de diciembre de 2022

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RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del
proyecto "Modificación de concesión de aguas subterráneas para ampliación
de superficie de regadío en 66,03 ha de olivar súper-intensivo a implantar,
a sumar a las 125,39 ha ya concedidas y totalizar 191,42 ha, a ejecutar
en la finca Montenuevo-La Sanchita", en el término municipal de Olivenza
(Badajoz). Expte.: IA 21/0259. (2022063739)
El proyecto de “Modificación de concesión de aguas subterráneas para ampliación de superficie de regadío en 66,03 ha de olivar súper-intensivo a implantar, a sumar a las 125,39 ha ya
concedidas y totalizar 191,42 ha, a ejecutar en la finca Montenuevo-La Sanchita”, en el término municipal de Olivenza (Badajoz) pertenece al Grupo 1 “Silvicultura, agricultura, ganadería
y acuicultura” epígrafe b) “Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de
proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o
de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas
protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13
de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad” del anexo IV de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicha normativa se establece la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con
carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso,
autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el citado anexo.
La presente declaración de impacto ambiental analiza los principales elementos considerados
en la evaluación ambiental practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas
efectuadas, así como información complementaria aportada por la promotora.
A. Identificación del promotor, del órgano sustantivo y descripción del proyecto.
A.1. Promotor y órgano sustantivo del proyecto.
La promotora del proyecto “Modificación de concesión de aguas subterráneas para ampliación de superficie de regadío en 66,03 ha de olivar súper-intensivo a implantar, a sumar a
las 125,39 ha ya concedidas y totalizar 191,42 ha, a ejecutar en la finca Montenuevo-La
Sanchita”, en el término municipal de Olivenza (Badajoz), es Finca La Sanchita, SLU, con
CIF B-01980549.
La autorización administrativa para la concesión de aguas para riego corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Por otra parte, a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de
Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, le corresponde la planificación de los