Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063625)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Servicio Extremeño de Promoción a la Autonomía y Atención a la Dependencia y la entidad Cruz Roja Española por el que se formaliza la concesión directa de una subvención, para la ejecución del "Programa de Teleasistencia Avanzada Personalizada".
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NÚMERO 235
Viernes 9 de diciembre de 2022

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Conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, la presente subvención se publicará en la sede electrónica
corporativa de Junta de Extremadura, dentro del Portal de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma.
Asimismo, será objeto de publicidad en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de
21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, así como en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones, según lo previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Décimotercera. Protección de datos.
La entidad beneficiaria tratará los datos de carácter personal de las personas beneficiarias del
Programa subvencionado, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos Digitales, así como
de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Carácter Personal (BOE del
14-12-1999) en la parte no derogada y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre por el
que se aprueba el reglamento de desarrollo, (BOE del 19-12-2007).
El referido cumplimiento subsistirá aun cuando haya concluido el desarrollo de la actividad
subvencionada.
Décimocuarta. Régimen jurídico.
El presente convenio por el que se formaliza la concesión directa de una subvención tiene
naturaleza administrativa, estando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de
8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/
UE, de 26 de febrero de 2014, de conformidad con lo dispuesto en el apartado segundo de
su artículo 6.
Conforme a lo establecido en el artículo 4.3 de la mencionada Ley 6/2011, de 23 de marzo,
“Las subvenciones que estén total o parcialmente cofinanciadas con fondos de la Unión Europea se regirán por las normas comunitarias aplicables en cada caso y por las normas nacionales de desarrollo o transposición de aquellas. Los procedimientos de concesión y control y
los regímenes de reintegro, infracciones y sanciones regulados por ésta ley tendrán carácter
supletorio, respecto de las normas de aplicación directa a las subvenciones financiadas con
fondos europeos”.