Presidencia De La Junta. Emigración. Ayudas. (2022063758)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas al Programa I de actividades de las comunidades extremeñas en el exterior, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 234

60204

Miércoles 7 de diciembre de 2022

LA PERSONA REPRESENTANTE DECLARA
Que, en relación con otras ayudas concedidas o solicitadas:
No solicitó ni se le concedió ninguna otra ayuda para este/os mismo/s proyecto/s y/o conceptos para los que se solicita esta subvención.
Sí solicitó y/o se le concedieron otras ayudas para este/os mismo/s proyecto/s y/o conceptos
para los que se solicita esta subvención, que son las que a continuación se relacionan:
AYUDA SOLICITADA

ORGANISMO

IMPORTE

PROTECCIÓN DE DATOS En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de datos Personales y Garantía de los derechos digitales, y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y
a la libre circulación de esos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en adelante RGPD), le
informamos que:
a) La persona responsable del tratamiento de sus datos personales es la Presidencia de la Junta de
Extremadura.
b) La finalidad del tratamiento de sus datos es la ordenación e instrucción de la concesión, justificación y, en su caso, pago de las ayudas destinadas a financiar gastos de actividades de las de las
comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones.
c) La legitimación del tratamiento es el ejercicio de poderes públicos (letra e, apartado 1 del artículo
6 RGPD), Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el presente Decreto del Presidente que establece las bases reguladoras de las ayudas
destinadas a financiar gastos de actividades de las de las comunidades extremeñas en el exterior
y sus federaciones.
d) Los datos podrán ser transferidos a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin
precisar el previo consentimiento de la entidad interesada, cuando así lo prevea una norma de
Derecho de la Unión Europea o una Ley, que determine las cesiones que procedan como consecuencia del cumplimiento de la obligación legal.
e) L
 a información será conservada hasta la finalización del expediente y posteriormente durante los
plazos legalmente previstos en la normativa y durante el plazo que un juez o tribunal los pueda