Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Eléctrica. (2022063738)
Resolución de 23 de noviembre de 2022, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Emdecoria, SLU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Instalación en apoyo existente de un interruptor-seccionador, de aislamiento y corte en SF6, telemandado, con función de señalizador y con indicación de dirección de paso de falta en la localidad de Coria (Cáceres)". Expte.: AT-9440.
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Miércoles 7 de diciembre de 2022

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servicio público o de servicios de interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución
pertinente, en la que se solventarán las problemáticas o discrepancias surgidas con motivo de
las alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el procedimiento que
no hubieran quedado solventadas con anterioridad al trámite de resolución.
En el presente caso no han sido presentadas alegaciones.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio,
RESUELVE:
Conceder a Emdecoria, SLU, autorización administrativa previa de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “Instalación en apoyo existente de un interruptor-seccionador, de aislamiento y corte en SF6, telemandado, con función de señalizador y con indicación de dirección de paso de falta en la localidad de Coria (Cáceres)”, cuyos datos esenciales
son los indicados seguidamente:
Instalación de un interruptor- seccionador telemandado en el apoyo n.º 14 de la línea de media tensión denominada “Aguas Arriba”.
Características del equipo:
— Interruptor-seccionador de aislamiento y corte en SF6, telemandado, con función de
señalizador y con indicación de dirección de paso de falta.


Emplazamiento: polígono 6, parcela 238, término municipal: Coria (Cáceres).

Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.