Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2022063756)
Resolución de 23 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Energía, Innovación y Desarrollo Fotovoltaico, SA, para la instalación fotovoltaica de autoconsumo sin excedentes "Cementos Balboa", ubicada en el término municipal de Alconera (Badajoz), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M-I/293/22.
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NÚMERO 234
Miércoles 7 de diciembre de 2022

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RESUELVE:
Conceder a la sociedad Energía, Innovación y Desarrollo Fotovoltaico SA, con CIF A-55025068,
autorización administrativa previa de las instalaciones cuyas características principales son
las que a continuación se indican:
— Ubicación de la instalación de generación solar fotovoltaica de autoconsumo en red interior: Polígono 6, parcelas 169 y 171 del término municipal de Alconera (Badajoz), con
referencias catastrales 06008A006001690000QQ y 06008A006001710000QG, respectivamente.
— Características de la instalación:


• Nombre de la instalación: “Cementos Balboa”.



• Instalación solar fotovoltaica de autoconsumo de 6.998,40 kW de potencia instalada,
con sistema anti-vertido, compuesta por 28 inversores de 250 kW cada uno, y 12.960
módulos fotovoltaicos de 540 W cada uno, montados sobre estructuras fijas.



• Centros de transformación: 1 de 7.000 kVA-0,8 kV/6,6 kV.



• Línea de conexión en red constituida por tramo subterráneo 12/20 kV, y sección de
conductor 2x3x630 mm2 de Al HEPRZ1, con una longitud total de 616 metros, conectándose en subestación ubicada junto a la fábrica. En la que se procederá a la creación de nueva celda de 12kV y 630A.

— Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 1.562.868,68 €.
— Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica de autoconsumo sin excedentes
La autorización administrativa previa se otorga bajo las siguientes condiciones:
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La Empresa, una vez finalizadas las instalaciones y realizadas las pruebas, ensayos y verificaciones de las mismas con resultado favorable, deberá solicitar la emisión de la correspondiente autorización de explotación.