Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2022063754)
Resolución de 23 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Bloggers Energías Renovables, SL, para la instalación fotovoltaica "Parque 3", ubicada en el término municipal de Mérida (Badajoz), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/74/20.
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NÚMERO 234
Miércoles 7 de diciembre de 2022

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Nombre de la instalación: “Parque 3”.
Instalación solar fotovoltaica de 14.700 kW de potencia instalada, compuesta por 84 inversores de 175 kW cada uno, con un sistema de control que impide que la potencia activa
inyectada a la red supere los 12 MW, y 32.256 módulos fotovoltaicos de 500 Wp cada uno,
montados sobre seguidores solares a un eje.
Centros de transformación: 3 de 6.600 kVA- 0,8/30 kV, y un transformador de servicios
auxiliares de 5 kVA, cada uno.
Subestación transformadora “Parque 3” con transformador de potencia trifásico 30/66 kV,
12/15 MVA, servicio intemperie.
Línea de evacuación constituida por tramo aéreo de 66 kV, con conductor LA-180, de 6.797
metros de longitud, de conexión entre la subestación transformadora de la planta “Parque 3”
y la subestación “SE Arroyo de San Serván”, propiedad de Edistribución Redes Digitales, SLU.
Recorrido línea: Polígono 78, parcelas 400 y 9003; polígono 206 parcelas 163, 164, 162,
161, 9014, 195, 9008, 196, 199 y 9004; polígono 208 parcelas 79, 9020, 71, 9018, 56,
9004, 95, 93, 9015, 92, 9013, 19, 101, 9011, 102, 113, 114, 99, 9008, 98 y 9005; polígono 211 parcelas 38, 9004, 6, 9009, 9005, 9006, 5 y 9 del término municipal de Mérida
(Badajoz) y polígono 1 parcelas 9014, 146, 147, 139, 9040, 9011, 148, 149, 9049, 229,
9047, 200, 9044, 193, 215, 194, 9029, 180, 201, 181, 184, 182, 183 y 251 del término
municipal de Arroyo de San Serván (Badajoz).
Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 7.726.471,12 €.
Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructura eléctrica de evacuación asociada.
La autorización administrativa previa se otorga bajo las siguientes condiciones:
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La Empresa, una vez finalizadas las instalaciones y realizadas las pruebas, ensayos y verificaciones de las mismas con resultado favorable, deberá solicitar la emisión de la correspondiente autorización de explotación.