Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Urbanismo. (2022AC0089)
Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano de Cabañas del Castillo, para la reclasificación de Suelo No Urbanizable a Suelo Urbano de la parcela 181 del polígono 3, que se encuentra colindante con el perímetro de suelo urbano en la pedanía de Retamosa, para la obtención de reserva dotacional. (M-009).
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NÚMERO 234
Miércoles 7 de diciembre de 2022

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El asunto fue sometido a la sesión de la CUOTEX de 31/03/2022, que acordó dejar en
suspenso el pronunciamiento sobre su aprobación definitiva hasta que fuese corregido de
acuerdo con las observaciones desarrolladas en la misma, y lo señalado en los informes
técnico y jurídico presentados en la sesión.
II. Competencia.
Cabañas del Castillo no dispone de un plan general municipal adaptado a las determinaciones de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS), por lo que es de aplicación el apartado 3.f de su disposición
transitoria segunda que, en la redacción dada por la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, establece que le corresponde a
la Comunidad Autónoma la aprobación definitiva de las modificaciones de la ordenación estructural del planeamiento general y las de carácter detallado al municipio. A estos efectos
se entenderá por determinaciones de ordenación estructural y detallada las relacionadas
en el artículo 45 de la LOTUS. Cuando no sea posible deslindar las determinaciones de una
y otra naturaleza, la competencia corresponderá a la Comunidad Autónoma.
La modificación que se tramita afecta a la identificación del suelo urbano, por lo que, tratándose de una determinación de la ordenación estructural del municipio (artículo 45.2.a
de la LOTUS), corresponde la aprobación definitiva a la Comunidad Autónoma.
De conformidad con lo previsto en el artículo 7.2.h del Decreto 50/2016, de 26 de abril, de
atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y
funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura,
corresponde el conocimiento del asunto, al objeto de resolver sobre su aprobación definitiva, a la CUOTEX.
III. Procedimiento.
Cabañas del Castillo dispone de un Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano aprobado
definitivamente el 19/12/1985.
La Ley 3/2022 modificó diversos preceptos de la LOTUS, entre ellos el punto 3.d de la disposición transitoria segunda, que prevé la posibilidad de que los proyectos de delimitación
de suelo urbano puedan ser modificados en los términos de la disposición adicional cuarta
de la LOTUS durante el plazo de 6 años a contar desde su entrada en vigor. La mencionada
disposición adicional cuarta dispone que solo podrá modificarse los proyectos de delimitación de suelo urbano cuando el objetivo sea la clasificación o calificación de parcelas de
uso dotacional público. No obstante, según la disposición transitoria segunda, también se
podrá abordar otras modificaciones siempre que el objeto y contenido de la modificación