Consejería De Educación Y Empleo. Información Pública. (2022063730)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Empleo, por la que se acuerda la apertura de la fase de consulta pública previa, de un plazo de presentación de sugerencias y un periodo de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II, III y IV, para el periodo 2023-2024.
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NÚMERO 233
Lunes 5 de diciembre de 2022

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de
Empleo, por la que se acuerda la apertura de la fase de consulta pública
previa, de un plazo de presentación de sugerencias y un periodo de audiencia
e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se
establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento,
consolidación y modernización del empleo autónomo en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria
de las ayudas de los Programas I, II, III y IV, para el periodo 2023-2024.
(2022063730)

De conformidad con lo previsto en el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos podrán incorporar la primera o única convocatoria de
las mismas, aprobándose en ese caso por decreto del Consejo de Gobierno y el procedimiento
se tramitará por la vía de urgencia, efectuándose conjuntamente los trámites de consulta,
audiencia e información pública para recabar la opinión o sugerencias de las entidades o ciudadanos que pudieran resultar interesados del proyecto de decreto en el Portal de la Transparencia y Participación Ciudadana de la Junta de Extremadura.
Por lo tanto, procede evacuar los trámites previstos en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la
que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
• Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
• La necesidad y oportunidad de su aprobación.
• Los objetivos de la norma.
• Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Por otro lado, procede también dar cumplimiento a los trámites previstos en los artículos 7
y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en el artículo
66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.