Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063577)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Celia López Chico para el ciclo formativo de Grado Superior en Estilismo y Dirección de Peluquería del IES Gabriel y Galán de Plasencia.
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Lunes 5 de diciembre de 2022

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CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y CELIA LÓPEZ CHICO PARA EL
CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR EN ESTILISMO Y DIRECCIÓN DE
PELUQUERÍA DEL IES GABRIEL Y GALÁN DE PLASENCIA.
Mérida, 14 de noviembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, Celia López Chico, con CIF ***3016** y domicilio en calle del Rey, 27 código
postal 10600 Plasencia, Cáceres, con teléfono de contacto 660931006, correo electrónico
________________ y Doña Celia López Chico. Las partes reconocen capacidad y legitimidad
para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Que el objetivo del presente convenio es la colaboración entre las entidades a las que representan para el desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo.
2. Q
 ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
4. Q
 ue el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación