Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Desarrollo Rural. Ayudas. (2022063702)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la redistribución de los créditos de la Línea 2, de la convocatoria de ayudas para la mejora de las infraestructuras y la productividad de fincas rústicas de propiedad municipal, para el año 2022, conforme a la Resolución de 28 de diciembre de 2021.
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NÚMERO 233
Lunes 5 de diciembre de 2022

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MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la
redistribución de los créditos de la Línea 2, de la convocatoria de ayudas
para la mejora de las infraestructuras y la productividad de fincas rústicas de
propiedad municipal, para el año 2022, conforme a la Resolución de 28 de
diciembre de 2021. (2022063702)
BDNS(Identif.): 605495
De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura
número 10, de 17 de enero de 2022, el Extracto de la Línea 2 de la Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Desarrollo rural,
Población y Territorio, por la que se establece la convocatoria de ayudas para la mejora de
las infraestructuras y la productividad de fincas rústicas de propiedad municipal, para el año
2022, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el citado Diario Oficial de Extremadura, con la
identificación
El resuelvo decimotercero.2 de la citada Resolución estableció un presupuesto inicial destinado a la convocatoria de ayudas para la mejora de las infraestructuras y la productividad de
fincas rústicas de propiedad municipal, para el año 2021, para Línea 2 de 1.100.000 euros
imputándose con la siguiente distribución a las Aplicaciones presupuestarias:
120030000/G/353A/760.00/FR14040306/20160180/1.000.000,00/2022,


Anualidad 2022: 500.000,00 €

120030000/G/353A/760.00/FR14040306/20160180/1.200.000,00/2023,


Anualidad 2023: 600.000,00 €

Asimismo, el resuelvo quinto.3 de la Resolución de 28 de diciembre de 2021, dispone que de
cada una de las dos líneas de ayudas de que dispone la resolución tengan un presupuesto
diferenciado. No obstante, si una de las líneas no agotara el crédito presupuestario destinado
a ella, el crédito sobrante se destinará a subvencionar las solicitudes presentadas en la otra
línea a las que les corresponda conforme a lo establecido en el Decreto 71/2016, de 31 de
mayo, previa la oportuna modificación del expediente de gasto en los términos previstos en el
artículo 39 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.