Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Reservas De La Biosfera. Subvenciones. (2022040200)
Decreto 136/2022, de 9 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en las Reservas de la Biosfera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 233
Lunes 5 de diciembre de 2022

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valoración según la naturaleza de actuaciones se realizará teniendo en cuenta únicamente la línea de actividad principal, considerada como actividad principal aquella cuyo
importe de ejecución sea el mayor del conjunto de actividades elegibles solicitadas. De
la misma forma, si la línea de actividad principal pudiera incluirse en más de uno de los
tipos de proyecto, según su naturaleza, se tendrá en cuenta únicamente el de mayor
valoración.
b) Superficie efectiva. En función de la superficie efectiva de acciones de conservación de
biodiversidad para las siguientes actuaciones: conservación de hábitats terrestres y
especies incluidos inventarios de fauna y flora, restauración de ecosistemas degradados e inversiones en la creación y mejora de pequeñas infraestructuras encaminadas a
una mejora ambiental para favorecer la conservación de la biodiversidad, actuaciones
de eliminación y control de especies exóticas invasoras, mejora de la conectividad y
fomento de infraestructuras verdes, gestión sostenible de ecosistemas forestales y/o
fomento de iniciativas de conservación de polinizadores y actuaciones relacionadas con
la conservación de la biodiversidad de la agenda 2030, hasta un máximo de 10 puntos:


1º. Con superficie efectiva de actuación mayor a 25 ha: 10 puntos.



2º. C
 on superficie efectiva de actuación mayor a 15 ha hasta 25 ha (inclusive): 7,5
puntos.



3º. Con superficie efectiva de actuación mayor a 5 hasta 15 ha (inclusive): 5 puntos.



4º. Con superficie efectiva de actuación de entre 2 y 5 ha (inclusive): 2,5 puntos.

c) Localización Reserva de la Biosfera. En función de la localización geográfica del proyecto
en zonas de la Reserva de la Biosfera definidas como tampón o de transición, hasta un
máximo de 10 puntos:


1º. S
 i el proyecto se ejecuta totalmente en la zona tampón y/o de transición de la Reserva de la Biosfera: 10 puntos.



2º. S
 i el proyecto se ejecuta parcialmente en la zona tampón y/o de transición de la
Reserva de la Biosfera: 5 puntos.



3º. Resto de proyectos: 0 puntos.

d) Variación relativa de la población. Variación de la población a fecha 1 de enero de 2020
en relación con la población existente a fecha 1 de enero de 2000, en el municipio donde
se realizará la actuación. Este criterio se calculará según la siguiente fórmula, hasta un
máximo de 10 puntos: