Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Reservas De La Biosfera. Subvenciones. (2022040200)
Decreto 136/2022, de 9 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en las Reservas de la Biosfera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
85 páginas totales
Página
NÚMERO 233
Lunes 5 de diciembre de 2022

59964

deberán presentar documentación justificativa que acredite que se encuentran realizando en la actualidad actividades en la Reserva de la Biosfera correspondiente.
Las fechas de ejecución de estas actuaciones deben tener fecha anterior a la publicación de la única convocatoria de ayudas.
3. D
 e conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no será necesaria la presentación
de la documentación que hayan sido aportadas anteriormente por el interesado a cualquier
Administración. A estos efectos, el interesado deberá indicar en qué momento y ante que
órgano administrativo presentó los citados documentos.
Artículo 11. Órgano competente para la ordenación e instrucción.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción de los procedimientos de concesión de las subvenciones establecidas en el presente decreto, será el Servicio que tenga
atribuidas las competencias en materia de conservación de la naturaleza de la Consejería
competente en la materia, que realizará de oficio cuantas actuaciones sean necesarias para
impulsar y ordenar los procedimientos y elaborar las propuestas de resolución.
2. Todos los participantes en la ordenación e instrucción de los procedimientos de concesión
de las subvenciones previstas en estas bases reguladoras, de conformidad con el artículo
6.4 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema
de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deberán cumplimentar
la declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI) que se recoge en el anexo VI.A
del presente decreto.
Artículo 12. Indicadores.
1. C
 onforme lo previsto en el anexo IV del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio
Ambiente, de 9 de julio de 2021, por el que se aprueban los criterios de reparto y la distribución territorial de créditos relativos al componente 4, Conservación y restauración de
ecosistemas y su biodiversidad, del Mecanismo de recuperación, transformación y resiliencia para el ejerci­cio presupuestario 2021, la financiación de los proyectos estará vinculada
al cumplimiento de los objetivos previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia y, para ello, la beneficiaria tendrá que aportar la me­dición de los indicadores que
se concretan en este artículo.
Conforme a lo indicado en las bases reguladoras del citado anexo IV del Acuerdo de Conferencia Sectorial, deben establecerse mecanismos que aseguren que las medidas a desarrollar por las beneficiarias contribuyen al logro de los objetivos y condiciones pre­vistas y
que aportan la información que, en su caso, fuese necesaria para determinar el valor de