Consejería De Educación Y Empleo. Información Pública. (2022063705)
Resolución de 25 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Empleo, por la que se acuerda de forma conjunta la apertura de la fase de consulta pública previa, de un plazo de presentación de sugerencias, así como un periodo de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la contratación para la obtención de prácticas profesionales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 232
Viernes 2 de diciembre de 2022

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RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de
Empleo, por la que se acuerda de forma conjunta la apertura de la fase
de consulta pública previa, de un plazo de presentación de sugerencias,
así como un periodo de audiencia e información pública en relación con
el proyecto de Decreto por el que se aprueban las bases reguladoras de
subvenciones para el fomento de la contratación para la obtención de
prácticas profesionales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se
aprueba la primera convocatoria. (2022063705)
De conformidad con lo previsto en el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos podrán incorporar la primera o única convocatoria de las
mismas, aprobándose en ese caso por decreto del Consejo de Gobierno y el procedimiento se
tramitará por la vía de urgencia, efectuándose conjuntamente los trámites de consulta, audiencia e información pública para recabar la opinión o sugerencias de las entidades o ciudadanos que pudieran resultar interesados del proyecto de decreto en el Portal de Transparencia
de la Junta de Extremadura.
Por lo tanto, procede evacuar los trámites previstos en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la
que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
1. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
2. La necesidad y oportunidad de su aprobación.
3. Los objetivos de la norma.
4. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Por otro lado, procede también dar cumplimiento a los trámites previstos en los artículos 7
y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en el artículo
66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.