Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063571)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura para la Ejecución del Programa de Medicina Predictiva, perteneciente a la Infraestructura de Medicina de Precisión Asociada a la Ciencia y Técnología (IMPaCT).
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NÚMERO 232
Viernes 2 de diciembre de 2022

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III. Que FundeSalud ha suscrito en fecha 02/09/2022 Convenio con el Consorcio Centro de
Investigación Biomédica en Red (en adelante, CIBER) en el marco del Programa de Medicina Predictiva, Perteneciente a la infraestructura de Medicina de precisión Asociada a
la Ciencia y Tecnología (IMPaCT) (en adelante “ programa”) cuyo objeto es articular la
relación entre CIBER y FundeSalud para la distribución de los fondos con ocasión de la
participación en el Proyecto con número de expediente IMP/00021 en el que FundeSalud
actúa como entidad colaboradora de acuerdo al Plan de Actuación del Programa.
En virtud de lo expuesto y, a fin de articular las responsabilidades en la ejecución del
programa indicado ambas partes, acuerdan la celebración del presente Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y la Fundación Para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura para la ejecución del Programa de
Medicina Predictiva, perteneciente a la Infraestructura de Medicina de Precisión Asociada
a la Ciencia y Tecnología (IMPaCT), que se va a regir de conformidad con lo establecido en
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es establecer la colaboración entre el Servicio Extremeño
de Salud y FundeSalud para la correcta ejecución del Programa de Medicina Predictiva, perteneciente a la Infraestructura de Medicina de Precisión Asociada a la Ciencia y Tecnología
(IMPaCT) del que FundeSalud es parte. El fin principal es el de establecer las bases de colaboración por las cuales el SES colaborará con FundeSalud en los compromisos técnicos y/o
económicos que fueran necesarios para el correcto cumplimiento de las obligaciones que
FundeSalud asume en el desarrollo del programa indicado.
Segunda. Obligaciones de las partes.
En el desarrollo de la colaboración que se establece por el presente Convenio, ambas partes
asumen las siguientes obligaciones:
1. Obligaciones del SES:
— Poner a disposición del proyecto a D.ª Asunción Campos Cangas -Subdirectora de Atención Primaria de la DG de Asistencia Sanitaria- como Investigadora Principal del Proyecto. Hacerse responsable de posibles cambios como Investigador Principal.
— Aportar personal clínico asistencial necesario para la correcta ejecución del programa y
captación de pacientes para la muestra.