Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. Lista De Espera. (2022050216)
Orden de 29 de noviembre de 2022 por la que se convoca prueba selectiva para la constitución de lista de espera en el Cuerpo de Titulados Superiores, Especialidad Arqueología, de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 232
Viernes 2 de diciembre de 2022

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2. R
 esueltas las alegaciones presentadas se dictará resolución, a publicar en el Diario Oficial
de Extremadura, declarando aprobadas las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y
excluidos/as, con indicación de la fecha, lugar y hora del comienzo de la prueba selectiva.
Las listas provisionales y definitivas se expondrán, en todo caso, en la Vicepresidencia
Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública y en las Oficinas de Asistencia
a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura.
Quinta. Tribunal de Selección.
1. E
 l Tribunal encargado de la realización de la prueba selectiva será el que figure en el anexo
II de esta orden.
2. No podrán formar parte de los órganos de selección el personal que desempeñe cargos de
elección o de designación política o los haya desempeñado en los últimos dos años, el personal funcionario interino, el personal laboral temporal y el personal eventual, el personal
directivo profesional, las personas que, en los cinco años anteriores a la publicación de la
convocatoria correspondiente, hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a
pruebas selectivas.
3. Las organizaciones sindicales que formen parte de las mesas de negociación correspondientes podrán participar como observadores durante la totalidad del proceso selectivo a
excepción de aquellos actos en los que se delibere, decida y materialice el contenido de la
prueba, antes de su realización.
4. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de las personas que ostenten
la Presidencia y la Secretaria o de quienes, en su caso, las sustituyan, y de la mitad, al
menos, de sus miembros.
5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso, comunicándolo
a la Consejería de Hacienda y Administración Pública, cuando en ellos concurra cualquiera
de las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del referido texto legal, los/as interesados/as podrán promover recusación en los casos previstos en el apartado anterior, en
cualquier momento de la tramitación del procedimiento.
6. A efectos de comunicación, reclamaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en la Dirección General de Función Pública Avda Valhondo s/n (III Milenio Modulo II, 1ª
planta), de Mérida.
7. El Tribunal de Selección podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as
especialistas para las pruebas correspondientes a los ejercicios que estime necesarios, li-