Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. Lista De Espera. (2022050216)
Orden de 29 de noviembre de 2022 por la que se convoca prueba selectiva para la constitución de lista de espera en el Cuerpo de Titulados Superiores, Especialidad Arqueología, de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 232
Viernes 2 de diciembre de 2022

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BASES
Primera. Normas generales.
1. Se convoca prueba selectiva para la constitución de lista de espera con el objeto de atender las necesidades de personal no permanente mediante la provisión temporal de puestos vacantes, de personal funcionario en el Cuerpo de Titulados Superiores, Especialidad
Arqueología.
2. Las bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, se podrán consultar en
la siguiente dirección de Internet: https://www.juntaex.es (buscador de empleo público).
Además, a efectos informativos, se hará público, en la misma dirección de Internet, la relación de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, provisional y definitiva, y la relación de
aprobados.
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
1. Para ser admitido a la realización de esta prueba selectiva, los/as aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
a) Ser español/a.
Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que
no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que
no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes.
El acceso al empleo público se extenderá igualmente a las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
b) 
Poseer la capacidad funcional necesaria para el ejercicio de las correspondientes
funciones.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las