Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pruebas Selectivas. Lista De Espera. (2022050216)
Orden de 29 de noviembre de 2022 por la que se convoca prueba selectiva para la constitución de lista de espera en el Cuerpo de Titulados Superiores, Especialidad Arqueología, de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Viernes 2 de diciembre de 2022

2. A
 nte la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos a que se refiere
el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
3. Aquellos/as que no presenten la documentación en el momento de la contratación, y salvo causas debidamente justificadas y libremente apreciadas por la Administración, o del
examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la
Base Segunda, causarán baja definitivamente en la lista de espera, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación.
Décima. Nombramientos.
El nombramiento como interino se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de la Función Pública de Extremadura y demás disposiciones vigentes.
Hasta que se produzca la incorporación efectiva del trabajador/a al centro de trabajo, los/as
aspirantes seleccionados no tendrán derecho a percepción económica alguna.
Undécima. Norma final.
Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, los/as interesados podrán
interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un
mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura,
conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer recurso de
reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente Orden hasta
que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 29 de noviembre de 2022.
La Vicepresidenta Primera y Consejera de
Hacienda y Administración Pública,
(PD, Resolución de 16 de diciembre de 2019,
DOE n.º 243, de 19 de diciembre).
El Director General de Función Pública,
FRANCISCO JAVIER GASPAR NIETO