Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2022063668)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Consejera, por la que se convocan las pruebas para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2022-2023.
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Jueves 1 de diciembre de 2022

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RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 2022, de la Consejera, por la que se
convocan las pruebas para la obtención del título de Bachiller para personas
mayores de veinte años en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el
curso 2022-2023. (2022063668)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, determina en su artículo 69.4 que las
Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizarán periódicamente
pruebas para obtener directamente el título de Bachiller.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de
Educación de Extremadura, en el artículo 121 establece: “Todas las personas tienen derecho
al aprendizaje a lo largo de la vida. Para hacer efectivo el ejercicio de este derecho, la Administración autonómica promoverá ofertas de aprendizajes flexibles que permitan la conciliación de la vida personal, laboral o familiar con la formación”.
El Real Decreto 243/2022, de 25 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato (BOE n.º 82, de 6 de abril), en su disposición adicional tercera, dispone que corresponderá a las Administraciones educativas la organización
de pruebas para que las personas mayores de veinte años puedan obtener directamente el
título de Bachiller, siempre que demuestren haber alcanzado los objetivos y competencias del
Bachillerato. Dichas pruebas, que deberán contar con las medidas de accesibilidad universal
y las adaptaciones que precise todo el alumnado con necesidades educativas especiales, se
organizarán de manera diferenciada según las modalidades del Bachillerato.
Por otro lado, el precitado real decreto, en su disposición transitoria primera, establece que
durante el curso académico 2022/2023 seguirá siendo de aplicación para el segundo curso de
Bachillerato lo establecido en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se
establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. En su
apartado segundo indica que las pruebas que, hasta el inicio del curso 2023-2024 realicen las
Administraciones educativas para la obtención directa del título de Bachiller se organizarán
basándose en la configuración curricular desarrollada a partir del citado real decreto.
En cuanto a la evaluación, la disposición transitoria segunda indica que en el curso escolar
2022-2023, seguirá siendo de aplicación para segundo curso de Bachillerato lo dispuesto en
los capítulos I y V del Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la
evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la
titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional.
En correlación y desarrollo de la normativa en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Decreto 109/2022, de 22 de agosto, por el que se establecen la ordenación y el
currículo del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura, DOE (n.º 164 de 25