Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063458)
Resolución de 9 de noviembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Plasencia para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino "De Plasencia", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 230
Miércoles 30 de noviembre de 2022

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en su encabezamiento como en su cuerpo de desarrollo la siguiente referencia “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- NextGenerationUE”
No obstante, y con objeto de dotar de notoriedad y visibilidad al PSTD se realizarán las siguientes actuaciones por el Ayuntamiento de Plasencia:
a) Designar a una persona responsable de comunicación a fin de asegurar la debida comunicación y publicidad del PSTD.
b) Actuaciones de difusión online en las redes sociales y páginas web oficiales, describiendo las actuaciones a acometer, para conocimiento de la población.
c) Sesión Informativa, mediante acto público, dirigido a medios de comunicación y población en general, para informar de los objetivos y actuaciones del PSTD.
Además, se pondrá el presente convenio a disposición de la ciudadanía en el correspondiente
Portal de Transparencia, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y demás normativa de desarrollo de la misma.
Así mismo, el presente convenio, una vez suscrito, se inscribirá en el Registro General de
Convenios de la Comunidad Autónoma de Extremadura (artículo 6 del Decreto 217/2013, de
19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administracion
de la Comunidad Autónoma de Extremadura); y, será publicado en el Diario Oficial de Extremadura en los términos establecidos en el artículo 10 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de
Gobierno Abierto de Extremadura y en el artículo 8 del Decreto 217/2013 (artículo 50 de la
Ley 3/2016, de 7 de abril y el artículo 9 del Decreto 99/2016, de 5 de julio).
Decimocuarta. Responsabilidad patrimonial.
De conformidad con los previsto en el Capítulo IV del Título Preliminar de la mencionada Ley
40/2015, de 1 de octubre, si de la ejecución de las actuaciones derivadas del presente convenio se produjeran lesiones en los bienes y derechos de los particulares, la responsabilidad
patrimonial a que, en su caso, dieren lugar será del Ayuntamiento de Plasencia.
Decimoquinta. Incumplimiento y reintegro.
En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones y compromisos asumidos, la otra parte podrá requerir el correcto cumplimiento en un plazo de cinco días hábiles,
conforme a lo previsto en el artículo 51.2 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Si persistiere
el incumplimiento, transcurrido el plazo indicado en el requerimiento, se atenderá resuelto el
convenio.